Una sentencia permite a los autónomos deducirse el IVA de los gastos de su vivienda habitual

Compartir noticia en redes sociales

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) emitió una sentencia en la que permitieron a una pareja de autónomos deducirse el 50% de los gastos de suministro de su hogar, ya que utilizaban la mitad de la vivienda como despacho profesional. La decisión del tribunal andaluz sienta jurisprudencia sobre lo que, hasta ahora, no se consideraban gastos deducibles y sienta las bases para que los autónomos puedan deducirse los gastos del hogar. Los expertos indican que será en el mismo porcentaje de uso de la vivienda para el desarrollo de la actividad profesional

TE LLAMAMOS

Si tienes dudas o deseas ponerte en contacto con nosotros rellena el formulario y te llamamos.

Este portal web únicamente utiliza cookies propias con finalidad técnica, no recaba ni cede datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento. Sin embargo, contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas a esta empresa que usted podrá decidir si acepta o no cuando acceda a ellos. Mas Información