el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acaba de hacer pública una sentencia en la que indica que la directiva sobre igualdad en materia de seguridad social se opone a una disposición de la normativa española que excluye las prestaciones por desempleo de las prestaciones de seguridad social concedidas a los empleados de hogar por un régimen legal de seguridad social, en la medida en que dicha disposición sitúe a las trabajadoras en desventaja particular con respecto a los trabajadores y no está justificada por factores objetivos y ajenos a cualquier discriminación por razón de sexo