La Agencia Tributaria (AEAT) asume que no puede exigir deudas a los menores de edad. El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) ha aplicado ya la doctrina del Tribunal Supremo, que le ha exigido cambiar el criterio sobre la posibilidad de derivar actuaciones contra los menores.
El TEAC reconoce en una reciente resolución la «impertinencia» de derivar la responsabilidad tributaria a un menor de edad como causante o colaborador en la ocultación o transmisión de bienes. «Le es ajeno, ontológicamente, el concepto de dolo, y también el de culpa», destaca la resolución.